jueves, 25 de octubre de 2012

PRINCIPIOS BÁSICOS DEL SEGURO


UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
SIMÓN RODRÍGUEZ
CÁTEDRA: SEGURO
SECCIÓN  “D”

Principios Básicos del Seguro


  • Marco Legal de la Actividad Aseguradora en Venezuela.
  El auge  del as empresas de seguros hacen que el estado en 1935, inicie los decretos de la ley  para regular la actividad aseguradora en Venezuela,  llevando por nombre " Ley  de Inspección de Vigilancia de las  Empresas de Seguro" (Gaceta N° 18701) y se dicta  su reglamento, donde se establece un órgano rector e interventor estatal, el cual  se llamó " La Fiscalía de Empresas de Seguros"  y dependía de la dirección de Industria y Comercio del Ministerio de Fomento.
  • Actividad   Aseguradora.
 La actividad aseguradora es toda relación u operación relativas al contrato de seguros y reaseguros, en los términos establecidos en la ley especial que regula la materia. De igual manera, forman parte de la actividad aseguradora la intermediación,  la inspección de riesgo,  el peritaje a valuador,  el ajuste de pérdidas,  los servicios de medicina prepagada, las fianzas y el financiamiento de primas.
    
  • Aspectos Legales de la Actividad Aseguradora.

El marco legal que rige a los sectores Asegurados y Afianzador, así como a la Comisión Nacional de Seguros y Finanzas, se sustenta  entre otras leyes, reglamento y disposiciones administrativas aplicables, en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por una parte; y en el Reglamento Interior de la propia Comisión.

  • Ley  de Empresas de Seguros y Reaseguros.

De acuerdo al Artículo 1. El presente Decreto Ley regula la actividad aseguradora, reaseguradora, de producción de seguros, de reaseguros y demás actividades conexas.

A los fines de este Decreto Ley, se entiende por actividad aseguradora, aquella mediante la cual existe la obligación de prestar un servicio o el pago de una cantidad de dinero, en caso de que ocurra un acontecimiento futuro e incierto y que no dependa exclusivamente de la voluntad del beneficiario, a cambio de una contraprestación en dinero.

·         Reglamento de Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros.
De acuerdo al Artículo 1°.- Las empresas de seguros y de reaseguros constituidas en el país, los intermediarios de seguros y de reaseguros, los peritos avaluadores, los inspectores de riesgos y los ajustadores de pérdidas, sólo podrán ejercer sus actividades con la previa autorización del Ministerio de Hacienda, por órgano de la Superintendencia de Seguros.
Artículo 2°.- Todas las personas mencionadas en el artículo anterior deberán hacer constar en su documentación destinada al público o en la que se refiere a sus actividades, el número bajo el cual han quedado inscritas en la Superintendencia de Seguros.
  • Ley de Contrato de Seguro.
Esta ley en  su Artículo 1°, establece. El presente Decreto Ley tiene por objeto regular el contrato de seguro en sus distintas modalidades; en ese sentido se aplicará en forma supletoria a los seguros regidos por leyes especiales.

Artículo 2°, corresponde a las disposiciones contenidas en el presente Decreto Ley son de carácter imperativo, a no ser que en ellas se disponga expresamente otra cosa. No obstante, se entenderán válidas las cláusulas contractuales que sean más beneficiosas para el tomador, el asegurado o el beneficiario


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jueves, 18 de octubre de 2012

TEORÍA DEL SEGURO



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ
ASIGNATURA: SEGURO 
SECCIÓN  “D”


Teoría General del Seguro
                                         
  • Seguro.  
Es un Contrato, generalmente escrito, entre dos partes que se comprometen a respetar y cumplir una serie de condiciones
Póliza, Indemnización
  • Principios:
Fraternidad y Mutualidad
  • Sujetos Principales del Seguro: Dentro de la relación contractual encontramos a los siguientes sujetos:
1.     El asegurador (empresa de seguros)
2.     El tomador
3.     El asegurado
4.     El beneficiario
  • Sujetos Secundarios del Seguro
Mediadores del seguro.
a)      Agente de Seguro: Es la persona natural vinculada a una entidad aseguradora, mediante un contrato, que se dedica a la intermediación y a la gestión comercial de contratos de seguros.
b)      Corredor de seguro: Es la persona jurídica que actúa como intermediario en la contratación de coberturas de reaseguros sin mantener vínculo contractual con ninguna entidad aseguradora o reaseguradora.
  • Elementos del seguro.
  1. Póliza de Seguro
  2. Recibo de pago del Seguro
  3. Prima del Seguro
  4. Riesgo que cubre el Seguro
  5. Siniestro que cubre el seguro
  • Características del Seguro
  1. El seguro es una actividad de servicios y no industrial.
  2.  La actividad aseguradora tiene propiedades marcadas en el aspecto financiero económico.
  3. El precio de sus pólizas se basa en el riesgo y la siniestralidad.
  • Clasificación del Seguros.
  1. Prima de Seguro de Vida
  2. Prima de seguro  de Incendio
  3. Prima de Seguro de Robo
  4. Prima de Seguro Complementario de Salud
  5. Prima de Seguro de Degravamen
  6. Prima de Seguro de Renta Vitalicia Provisional
  7.  Prima  de Vehículo Motorizado
  8. Prima de Seguro Colectivo
  9. Prima de Seguro de Responsabilidad Civil
  • Clasificación de Seguros
  1. Seguro Social
*      Prima de Seguro  Agrícola
*      Prima de Seguro Aéreo
  1. Seguro de Paro Forzoso
*      Prima de Seguro HCM
 *      Prima de Seguro Funerario
  • Tipos de Seguros
Estos son dos Seguro Público y Seguro Privado.
*      Seguro Público: Está garantizado por el Estado.
*      Seguro Privado: Está garantizado por las Compañías Aseguradoras
  • HISTORIA DEL SEGURO EN VENEZUELA
Año 1862: Se crea el primer código de comercio, regulando la actividad aseguradora.
Año 1886: Se crea la primera compañía de seguro en Venezuela, llamada Compañía Anónima Seguros Marítimos.
Año 1893: Se crea en Caracas Compañía Venezolana de Seguros.
Año 1914: Se crea Seguro La Previsora, y posteriormente absorbe a la Compañía Venezolana de Seguros.
Año 1930: Se crea Panamericana Life, despertando la conciencia pública, en cuanto a la previsión social como necesidad imperiosa del hombre civilizado.
Año 1931: Se crea Seguros Ávila, siendo la primera compañía de seguros en inscribirse en el Ministerio de Fomento.

  • HISTORIA DEL SEGURO EN VENEZUELA
 Año 1958: El país pasa por una crisis económica y política por el cambio de gobierno, ocasionando que muchas compañías se declararan en quiebra y las compañías extranjeras cerraran sus oficinas en Venezuela.
Año 1965: Se promulga la Ley de empresas de seguros y reaseguros, que el 51% del capital pertenezca a personas naturales o jurídicas venezolanas.
Año 1967: Se crea en Venezuela la Confederación Panamericana de Productores de Seguros, institución que agrupa a las compañías de seguros de los países de la región.
Año 1994: La crisis financiera, hace que las instituciones bancarias soliciten auxilios financieros ante el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE), pidiendo como garantía las acciones de las compañías de seguros, al no cumplir con sus obligaciones con FOGADE, esta institución del Estado Venezolano se queda con las compañías de seguro, que posteriormente vende a empresa extranjera.

  • Reseña Histórica del Seguro.
*      EDAD ANTIGUA (3500 A.C. hasta 475 D.C)

*      EDAD MEDIA (476 D.C. hasta 1453 D.C)

*      EDAD MODERNA (1453 hasta 1789)

*      EDAD CONTEMPORÁNEA (1789 - Actual)